|
PAMPLONA JUDICIAL Discusiones de tráfico que acaban en insultos y amenazas, pequeños robos en bajeras privadas, peleas nocturnas, tirones de bolso... Todos ellos son casos susceptibles de ser solventados en primera persona por la víctima y por el autor del delito sin llegar a juicio. Aunque el éxito no está garantizado, en seis de cada diez ocasiones la parte perjudicada obtiene la compensación moral y, también económica, deseada. El programa de mediación penal, iniciado en 2006 a modo de experiencia piloto en el Juzgado de Instrucción número tres de Pamplona, se ha consolidado este año con su puesta en marcha en los Juzgados de lo Penal número uno y número dos de la capital navarra, merced al respaldo del Consejo General del Poder Judicial a este servicio y a los buenos resultados que ha ido cosechando a lo largo de su andadura. El objetivo principal del programa, impulsado y desarrollado por la Asociación de Mediación y Pacificación de Conflictos de Navarra-Nafarroako Tartekaritza Elkartea, es explorar soluciones pacíficas a determinadas causas penales, donde víctima y autor de un delito tratan de alcanzar un acuerdo para arreglar sus diferencias, logrando la primera un resarcimiento moral superior, en ocasiones, al que obtendría con una sentencia. En el proceso es vital la labor de los mediadores, terceros imparciales que ayudan a las partes implicadas a dialogar y a ponerse en el lugar del otro. El protocolo de mediación comienza con entrevistas individualizadas, tanto a la persona denunciante como a la persona denunciada. Una vez que ambas partes dan el consentimiento a proseguir con el proceso, tiene lugar una entrevista conjunta en la que se llega al posible acuerdo. lesiones y patrimoniales Las causas en las que cabe la mediación son múltiples, aunque están excluidos los delitos de violencia de género, agresiones sexuales o atentados contra agentes de la autoridad. Lo habitual es que sean delitos patrimoniales, por lesiones o amenazas, hechos en los que se aprecia que han influido unas concretas circunstancias del momento, que han hecho que se reaccionara de una determinada manera. El informe confeccionado por el CGPJ sobre la experiencia en Navarra refleja que el 60% de los casos en los que se ha iniciado la mediación concluyen con un acuerdo entre ambas partes, que dan por resueltas sus diferencias personales surgidas a raíz de la comisión del delito. De los 38 procedimientos iniciados a instancias de los juzgados de Pamplona, en 23 casos se ha logrado hasta la fecha un desenlace favorable. Las lesiones son la primera causa que los juzgados navarros derivan a una posible mediación (22 casos), seguidas por los delitos o faltas de amenazas (19), los robos (7) y las calumnias (4). También ha habido margen para infracciones en el ámbito familiar (3), apropiaciones indebidas (2), hurtos (2) e injurias (1). disculpas, lo principal La mayoría de los conflictos se solventan con las disculpas formales que el autor del delito presenta a la víctima, algo que le sirve a ésta para sentir resarcido el daño sufrido. En otra parte importante de las situaciones la compensación es económica, en forma de indemnización o de satisfacción de la responsabilidad civil, aunque suelen solaparse con la disculpa. La mediación no sustituye al proceso penal, sino que constituye una fase más. En caso de que se produzca durante las diligencias previas y haya un resultado positivo, el beneficio para el denunciado puede ser una reducción de la pena a través de la atenuante de reparación del daño. Si se produce durante el juicio y las partes han alcanzado un acuerdo, puede ocurrir que se archive la causa o que el fiscal no formule acusación, por lo que el denunciado quedaría absuelto. En otros casos, la juez puede dictar una sentencia por conformidad de las partes que incluya los términos del acuerdo de mediación que se hubiera alcanzado. En la experiencia navarra, la mayoría de los casos se derivan a la medicación en la fase de instrucción (42 casos hasta ahora), mientras que los restantes lo hacen en la fase de enjuiciamiento (12). Sin embargo, la falta de voluntad del acusado o de la víctima frustran el inicio de la mediación en un 20% de las ocasiones (en otro 7% de los casos no se pudo localizar a alguna de las partes). La confidencialidad de las entrevistas que mantienen los mediadores con las partes está garantizada, ya que su contenido no es conocido por el juez, al que se le entrega únicamente el acuerdo de mediación, que es totalmente aséptico, donde se evita cualquier término jurídico. En él se específica si el denunciado ha pedido disculpas y ha reparado el daño, y si el denunciante lo ha aceptado. Textos tomados del periódico online noticias de navarra. com
|